Verifactu para Fontaneros: Guía de Plazos, Obligaciones y Sanciones (2027)
Un fontanero cobra muchas veces en el mismo momento en que termina el trabajo: una avería resuelta a domicilio, un aviso urgente de fin de semana o una reparación que se paga con tarjeta antes de irse. Verifactu no cambia nada de tu oficio ni de tus certificados de instalación, pero sí modifica una cuestión muy concreta: el sistema con el que generas esa factura al momento tiene que cumplir determinados requisitos técnicos, sea cual sea la app o el programa de gestión y facturación para fontaneros que utilices.
¿Qué es Verifactu y por qué te afecta como fontanero?
Verifactu es el nombre que suele utilizarse para hablar de la adaptación al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación, aprobado mediante el Real Decreto 1007/2023, dentro de las medidas contra el fraude introducidas por la Ley 11/2021. Su objetivo es impedir que los programas permitan borrar facturas, alterar registros o llevar una contabilidad paralela para ocultar ingresos.
Técnicamente, VERI*FACTU es una de las dos modalidades permitidas por el reglamento. Los sistemas VERI*FACTU remiten los registros de facturación a la Agencia Tributaria, mientras que los sistemas no verificables deben conservarlos dentro del propio programa aplicando medidas adicionales de seguridad y control.
Para un fontanero que cobra sobre la marcha, esto significa que la información fiscal de la factura emitida debe quedar registrada. Si el cliente solicita posteriormente un cambio de importe, impuestos o conceptos, la corrección debe realizarse mediante una factura rectificativa o el procedimiento que corresponda, en lugar de borrar o sustituir la factura original sin dejar constancia.
Lo esencial sobre el SIF, los plazos y las sanciones
Un programa o una app se considera un sistema informático de facturación, o SIF, cuando se utiliza para expedir facturas completas o simplificadas. Una aplicación que se limite a procesar un pago, sin generar facturas, no se convierte necesariamente por ello en un SIF.

Cuando sí se utiliza para facturar, el sistema debe garantizar seis características fundamentales: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Esto se aplica tanto si emites las facturas desde el móvil como si utilizas un programa de escritorio: lo importante es que el sistema no permita manipular lo ya registrado sin dejar la anotación correspondiente.

Según los plazos oficiales publicados por la Agencia Tributaria, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, entre los que se encuentran generalmente los fontaneros autónomos, deberán hacerlo antes del 1 de julio de 2027.
Los productores y comercializadores de software están obligados desde el 29 de julio de 2025 a ofrecer sistemas adaptados, salvo determinadas excepciones relacionadas con contratos de mantenimiento anteriores. Por eso, es posible que tu programa actual ya haya incorporado varios de estos requisitos, aunque debes comprobar la versión concreta que utilizas y su declaración responsable.
La tenencia de un sistema que debería estar certificado y no lo está, o que haya sido alterado después de su certificación, puede sancionarse con 50.000 € por ejercicio, de acuerdo con el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. La imposición de la sanción exige valorar la responsabilidad y la conducta del obligado, incluida una posible actuación negligente.
Las sanciones de 1.000 € por sistema sin certificar y de hasta 150.000 € por ejercicio y tipo de programa están dirigidas principalmente a los productores o comercializadores que venden sistemas sin la certificación exigida o que incumplen los requisitos legales. No son sanciones adicionales que se apliquen automáticamente al fontanero que utiliza el programa.
Si, además, se acredita una ocultación de ingresos, una facturación incompleta u otra infracción tributaria, podrían aplicarse las sanciones correspondientes a esas conductas de forma independiente.
Los escenarios donde los fontaneros están más expuestos

- Emitir facturas de avisos urgentes con apps genéricas que no disponen de declaración responsable o no garantizan la trazabilidad y conservación de los registros.
- Registrar el servicio en papel, en un recibo o en un programa y volver a introducirlo manualmente en otra herramienta para facturarlo. Utilizar partes de trabajo digitales conectados con la facturación evita duplicidades y diferencias entre lo realizado y lo finalmente cobrado.
- Aceptar cambios de importe solicitados por el cliente modificando los datos fiscales de la factura original, en lugar de realizar la rectificación o subsanación correspondiente.
- Cambiar de aplicación de facturación sin exportar y conservar el histórico, o comenzar una nueva numeración sin organizar correctamente las series de facturación y su numeración correlativa.
- Emitir partes de una misma operación desde diferentes programas: uno para el desplazamiento, otro para el material y otro para la mano de obra. Esto multiplica los puntos en los que pueden aparecer omisiones, duplicidades o diferencias entre registros.
Cómo protegerte
- Solicita la declaración responsable a tu proveedor de software. Es el documento mediante el que el productor declara que una versión concreta del sistema cumple el Real Decreto 1007/2023 y sus especificaciones técnicas. La declaración debe estar disponible por escrito y de forma visible dentro del sistema o del propio producto. Disponer de ella ayuda a acreditar que has actuado con diligencia, aunque no traslada automáticamente toda la responsabilidad al fabricante.
- Comprueba la versión exacta del programa y verifica que coincide con la identificada en la declaración responsable. Pregunta también si funciona como sistema VERI*FACTU, con remisión de registros a la Agencia Tributaria, o como sistema no verificable.
- Unifica el proceso en un único software de facturación siempre que sea posible. Cuantos menos programas intervengan entre el aviso del cliente, el trabajo realizado y la factura final, menor será el riesgo de duplicar información o romper su trazabilidad.
- Aprovecha 2026 para probar el sistema antes de que llegue tu fecha obligatoria, especialmente si facturas desde varios dispositivos, tienes diferentes trabajadores o combinas avisos urgentes con proyectos de instalación más largos.
- Desactiva la capacidad de facturar de los programas antiguos que no estén adaptados. Puedes conservar el histórico de facturas, pero no deberías mantener operativo un sistema no conforme con capacidad para seguir emitiendo nuevas facturas una vez que te resulte aplicable la obligación.
- No confundas tus certificados técnicos con tu obligación fiscal. Los boletines y certificados de instalación siguen su propia normativa. Verifactu afecta al sistema que utilizas para generar y registrar las facturas, no a la documentación técnica de la instalación.
Adapta tu facturación sin complicar el trabajo diario
Cumplir con Verifactu no debería obligarte a utilizar una aplicación para recibir el aviso, otra para registrar las horas, otra para apuntar los materiales y una cuarta para emitir la factura.
Con Vendomia puedes mantener conectado todo el proceso: desde la solicitud del cliente y el presupuesto hasta la planificación del trabajo, el parte digital, la factura y el cobro. De esta forma, los datos registrados durante la intervención se reutilizan al facturar y se reducen los errores provocados por introducir varias veces la misma información.
Además, Vendomia incorpora facturación digital adaptada a Verifactu, facturas rectificativas, diferentes series de numeración y la posibilidad de generar facturas directamente desde presupuestos, proyectos o trabajos terminados.
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